Formas de protección legal para creadores de contenido

Hans von Marttens, abogado y socio fundador del estudio jurídico von Marttens®


En un mercado en el que los contenidos de internet (redes sociales, streaming, podcast, entre otros), se están convirtiendo en el principal medio de difusión, resulta clave proteger este tipo de material con herramientas legales que les permitan a los creadores resguardar sus derechos y el valor de su trabajo.

El marco legal que blinda a este tipo de contenidos se encuentra en la Ley 17.336 (Ley de Propiedad Intelectual) que, en general, protege a las obras y a los contenidos por el solo hecho de su creación. De esta forma, por grabar un contenido este ya debería estar protegido.

Si bien la protección es “automática”, es importante tomar ciertas precauciones para facilitar la prueba de quién es el titular de estos derechos.

Las más sencillas pueden ser firmar cada contenido al divulgar una obra. Por ejemplo, si publico un reel en Instagram del que soy autor, en la descripción podría agregar alguna expresión como “Hans von Marttens” o “© 2025-Hans von Marttens”. 

Este simple ejercicio es reconocido como una presunción de autor en el artículo 8° de la citada ley.

Además, en los artículos 72 y siguientes se regula un procedimiento de registro de obras que facilita identificar quién es el autor, en un proceso que incluso se puede hacer online, lo que puede ser un buen ejercicio para los contenidos más icónicos y representativos de cada creador, sobre todo porque esto servirá para probar la titularidad de derechos en caso de un conflicto judicial.

Asimismo, resulta clave registrar como marca comercial ante INAPI los nombres, logos y signos distintivos con los que se da a conocer al público un creador.

También hay que tomar en cuenta que las marcas comerciales tienen un estatuto de protección legal distinto (Ley de Propiedad Industrial 19.039) y los derechos relacionados con una marca nacen con el registro. Antes de ello, NO se es dueño de una marca comercial. En otras palabras, el primero que llega y registra una marca se hace titular de ella. 

Tomar estas medidas, más que un acto burocrático, es un resguardo que le permite a un creador consolidar sus intangibles y prevenir futuros conflictos.