Bastante hemos hablado respecto de la protección de datos personales y el proyecto que pretende actualizar la Ley Nº 19.628 sobre protección a la vida privada desde los últimos años. El pasado 07 de enero del 2022, una nueva normativa asoma respecto de salvaguardar este derecho y disponer de atribuciones fiscalizadoras a una nueva entidad, pero esta vez solo en materia de consumo.
Se trata de la Ley 21.398 o más conocida como ley proconsumidor, que “establece medidas para incentivar la protección de los derechos de los consumidores”, modificando aspectos relevantes de la Ley N°19.496.
Las modificaciones más relevantes de la ley 21.398 dicen relación con:
- Consagración expresa del principio proconsumidor.
- Nuevos derechos básicos de los consumidores.
- Garantía legal.
- Derecho a retracto en el comercio electrónico.
- Productos financieros.
- Facultad fiscalizadora del Sernac en materia de protección de datos personales.
- Educación superior, institutos profesionales y educación técnica.
- Proveedores de vehículos motorizados.
- Código aeronáutico.
Al margen de ser una noticia positiva en materia de consumo, llama la atención entre los expertos su vinculación regulatoria en materia de protección de datos personales, dado que solo se establece en relaciones de consumo.
¿Qué entendemos por relación de consumo?
Puede definirse la relación de consumo como el vínculo que se establece, de una parte, entre el productor o proveedor que suministra un bien o presta un servicio y, de la otra, el consumidor quien lo adquiere y utiliza como destinatario final para satisfacer una necesidad ubicada por fuera del ámbito empresarial o profesional. En este caso, en Chile, la relación entre los proveedores de bienes o servicios y los consumidores está regulada por la Ley N° 19.496 de protección de los derechos de los consumidores, a través del Servicio Nacional del Consumidor, Sernac.
¿Existirá una nueva entidad fiscalizadora de datos personales?
Uno de los cambios más relevantes que introduce esta regulación es el reconocimiento expreso de las facultades fiscalizadoras del Sernac, en materia de protección de datos personales.
“Si bien con anterioridad este órgano ejerció acciones en defensa de los derechos personales de los consumidores, la jurisprudencia no fue unánime en reconocer dicha facultad (sobre protección de datos personales), por tanto, la ley zanja esta discrepancia”, profundiza Cristián Maulén, Presidente del Consejo de Ética y Autorregulación de la AMDD. Asimismo, explica, se consagra el ejercicio de acciones colectivas en relación con los datos personales de los consumidores.
Esta facultad del Sernac se limita a una relación de consumo y siempre que dichas facultades no se encuentren en el ámbito de competencias legales de otro órgano. Lo anterior deja a salvo la existencia de una futura agencia de protección de datos y de otros órganos, como podría ser la CMF respecto de la protección del cliente financiero.- Alessandri Abogados.
¿Qué opinan los expertos?
Desde las reparaciones que pueda considerar respecto de los defectos más evidentes de la ley 19.628 sobre protección a la vida privada, que es precisamente la carencia de un órgano de control, efectivamente es un avance que llama la atención, sin embargo, Sernac no cuenta con el conocimiento técnico que amerita la protección de datos personales, caso similar a lo que ocurrió con el Consejo para la Transparencia años atrás, por tanto esta actualización normativa, en este tema tan relevante para las personas, entrega facultades a entidades que no cuentan actualmente con una norma adecuada, donde particularmente se hará una distinción entre civiles y consumidores, siendo que la constitución garantiza la protección de datos personales de todas las personas por igual.– Cristián Maulén, Presidente del Consejo de Ética y Autorregulación AMDD.
“En Chile, desde 2018, la protección de los datos personales se consagró explícitamente en la Constitución, y pese a que existe una Ley especial desde el año 1999, hay consenso en que la normativa ha quedado rezagada en comparación con el crecimiento de la digitalización donde la recolección y tratamiento de los datos personales ocupa un lugar central. Ello hace urgente que la norma se perfeccione para que se garantice un uso ético y legal de los datos personales. En eso estamos todos de acuerdo”, aseguró el Director del Sernac, Lucas del Villar en una columna publicada en Diario Financiero.
Además, del Villar agregó que “hoy más que nunca la ciudadanía nos exige como institución, mayor protección frente a sus problemas de consumo, incluso en sectores y materias reguladas. Y aunque el tratamiento de los datos personales no siempre es visible para el consumidor, sí les afectan sus consecuencias”.
Autor: Fernando Goler